Actualmente, el Registro de Empresas («el Registro») mantenido por el Registro de Compañías («el Registro») contiene información personal disponible para inspección pública. Dicha información personal incluye, entre otros datos, las direcciones residenciales habituales («URA») y los números de identificación completos («IDN») de los directores de empresas, secretarios de empresa y otras personas (como liquidadores y liquidadores provisionales). Información personal similar también se contiene en los registros mantenidos por las empresas que también están abiertos a la inspección pública.
Tras la finalización del escrutinio de la legislatura sobre los siete avisos de entrada en vigor y la legislación subsidiaria introducidos por el Gobierno de la RAEH, el nuevo régimen de inspección se implementará en las siguientes fases, con la primera implementada el 23 de agosto de 2021.
Fase 1
A partir del 23 de agosto de 2021, las empresas pueden sustituir la URA de los directores por sus direcciones de correspondencia, y sustituir el IDN completo de los directores y secretarios de empresa por su IDN parcial en sus propios registros para inspección pública;
Fase 2
A partir del 24 de octubre de 2022, la Información Protegida en el Índice de Directores del Registro será sustituida por direcciones de correspondencia e IDN parcial para inspección pública. La Información Protegida contenida en documentos presentados para registro después del inicio de esta fase no se proporcionará para inspección pública. Las «personas especificadas» podrán solicitar al Registro acceso a la Información Protegida de directores y otras personas;
Fase 3
A partir del 27 de diciembre de 2023, los interesados pueden solicitar al Registro que proteja de la inspección pública su Información Protegida contenida en documentos registrados con el Registro («Información Retenida»), y sustituir dicha información por sus direcciones de correspondencia e IDN parcial. Las «personas especificadas» podrán solicitar al Registro acceso a la Información Retenida de directores y otras personas.
El nuevo régimen de inspección está diseñado para mejorar la protección de la privacidad en relación con los datos personales de varios funcionarios de empresa. Si bien a los secretarios de empresa ya se les ha permitido proporcionar sus direcciones de correspondencia en lugar de la URA para inspección pública bajo la CO desde 2014, la importancia del nuevo régimen de inspección radica principalmente en la eliminación del acceso público irrestricto a la URA y al IDN completo de los funcionarios individuales de empresa contenidos en el Registro de Empresas, proporcionando así una protección mejorada a los datos personales sensibles.
Le mantendremos informado y proporcionaremos más actualizaciones sobre el nuevo régimen de inspección.




