(El contenido se refiere al estado de abril de 2020, cuando se escribió el artículo original en inglés)
Requisitos de Sustancia Económica (Economic Substance Requirement)
La Unión Europea (UE) y otras organizaciones internacionales han impuesto diversas nuevas políticas a los "países de neutralidad fiscal" más que nunca; sin embargo, tras el informe del "Equipo del Código de Conducta sobre la imposición empresarial (Code of Conduct team)" publicado por una organización intergubernamental de la Unión Europea en 2018, países considerados como no tributarios o de baja tributación como las Islas Vírgenes Británicas (BVI), Bermudas, Barbados, Isla de Man, Guernesey y Jersey implementaron los requisitos de sustancia económica a finales de 2018 para evitar ser incluidos en la lista negra de la Unión Europea (UE). Las reglas establecidas por los requisitos de sustancia económica se han elaborado siguiendo el problema de precios de transferencia (BEPS) definido por la OCDE (OECD). Aunque los detalles de las reglas aún están siendo discutidos en este momento, se prevé que finalmente se completen de manera que cumplan con las expectativas de la Unión Europea (UE).
Entonces, ¿qué son los requisitos de sustancia económica y qué deben tener en cuenta quienes poseen sociedades offshore?
La definición de "sustancia" en la ley sobre requisitos de sustancia económica abarca una amplia gama de aspectos, como el tipo de negocio, la realidad de la gestión corporativa (gestión), el control, las operaciones de la empresa, la ubicación de la oficina y los métodos de toma de decisiones empresariales. Además, hasta qué punto se requiere sustancia varía según el negocio; si una sociedad offshore es simplemente una sociedad holding, los requisitos de sustancia no son estrictos y casi se pueden cumplir con solo tener un agente de registro en el país de registro corporativo.
Por otro lado, para los negocios de IP (Propiedad Intelectual) se imponen estrictos requisitos de sustancia. Se requiere establecer una oficina en el país de registro para el desarrollo, uso, mantenimiento y protección de la propiedad intelectual, contratar al número necesario de personal localmente y contar con profesionales calificados necesarios en el lugar. En Belice, uno de los destinos offshore, incluso se ha avanzado un paso más prohibiendo la propia creación de sociedades dedicadas a negocios de IP locales.
Por lo tanto, en las sociedades establecidas offshore, primero es necesario verificar si se está realizando una actividad que cumpla con los requisitos de sustancia y, si es así, determinar correctamente qué tipo de sustancia se requiere.
Tanto las sociedades que cumplen como las que no cumplen con los requisitos de sustancia deben presentar un informe (informe de requisitos de sustancia) en el lugar correspondiente; si se descuida esto, se aplicarán sanciones penales o administrativas.
En Zetland ofrecemos soporte relacionado con los requisitos de sustancia.
Lista Negra de la Unión Europea (UE)
Además, el 18 de febrero de 2020, la Unión Europea agregó nuevos países a la "Lista de países y territorios no cooperativos en materia fiscal" (conocida comúnmente como "lista negra").
Las Islas Caimán, Palaos y Seychelles pasaron de la lista gris a la lista negra, y Panamá se añadió como nuevo país a la lista negra.
Además, Armenia, Antigua y Barbuda, Bahamas, Belice, Islas Vírgenes Británicas (BVI), Cabo Verde, Islas Cook, Islas Marshall, Montenegro, San Cristóbal y Nieves, y Vietnam fueron eliminados de la lista negra.
Actualmente, los países que figuran en la lista negra de la Unión Europea (UE) son los siguientes:
- Samoa Americana
- Islas Caimán
- Fiyi
- Guam
- Omán
- Palaos
- Panamá
- Samoa
- Trinidad y Tobago
- Islas Vírgenes de los Estados Unidos
- Vanuatu
- Seychelles
Las sociedades offshore establecidas en las Islas Caimán suelen utilizarse como vehículos de inversión; sin embargo, según la opinión de la Unión Europea (UE), se determinó que la respuesta a los requisitos de sustancia económica para dichas sociedades Caimán como vehículos de inversión no es adecuada dentro del país.
(Según información actualizada el 8 de octubre de 2020, las Islas Caimán fueron eliminadas de la lista negra)
Palaos no se ha adherido al intercambio automático de información con fines fiscales (AEOI), tampoco ha firmado la Convención Multilateral sobre Asistencia Administrativa Mutua en la OCDE, y actualmente no se ha resuelto el problema.
Panamá no ha cumplido con los reglamentos en el Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales (Transparency and Exchange of Information for Tax Purposes on Request), y actualmente no se ha resuelto el problema.
En Seychelles se está adoptando una política de régimen fiscal perjudicial (harmful preferential tax), y actualmente no se ha resuelto el problema.
Zetland ofrece una amplia gama de servicios, desde la creación hasta la gestión y el cumplimiento de sociedades offshore. Para directrices detalladas sobre los requisitos de sustancia económica de las sociedades offshore, también hemos abordado este tema en nuestro boletín anterior, por lo que le rogamos que lo consulte junto con este artículo.




